El 17 de junio de 2013 fue publicada en Gaceta Oficial N° 40.190 la Providencia Administrativa No. SNAT/2013/0034 de la misma fecha, que establece el deber de presentación electrónica de las declaraciones del Impuesto sobre la Renta. Derogando la Providencia Administrativa N° SNAT/2009/0103 del 30/10/2009, publicada en la Gaceta Oficial N° 39.296 de la misma fecha, en la cual daba la opción que las personas naturales cuya determinación del ISLR arroje impuesto a pagar, podrán optar por presentar electrónicamente o con los formularios y formas impresas que establece la Administración Tributaria. Así las cosas, con la actual providencia esta opción no es posible y todos los contribuyentes están en el deber de presentar sus declaraciones de ISLR en forma electrónica.
