En la Gaceta Oficial de la
República Bolivariana de Venezuela No. 40.852 de fecha 19 de febrero de 2016,
fue publicado el Decreto No. 2.243, mediante el cual se fijó un aumento del veinte por ciento (20%) del salario
mínimo nacional mensual obligatorio, para los trabajadores que presten servicios en
los sectores público y privado, ubicando el nuevo salario mínimo mensual en Bs.
11.577,81; así como el Decreto No.
2.244, mediante el cual se ajustó el pago del Cestaticket Socialista a 2,5 U.T. por
día, a razón de 30 días por mes; los cuales
entrarán en vigencia a partir del 1 de marzo de 2016.
Tanto el
ajuste del salario mínimo como el ajuste en el Cestaticket Socialista podían
traer impacto en otros en otros costos laborales que se generan como
consecuencia de la ampliación de la base de trabajadores que pasarán a ser
favorecidos por los beneficios sociales establecidos en la legislación laboral,
los cuales se detallan a continuación: