Entradas populares

jueves, 19 de marzo de 2015

Sector agrícola deberá hacer registro electrónico en el Seniat para obtener exoneración del ISLR

El Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), hace un llamado a los sectores productivos del país (dedicados a actividades agrícolas, forestales, pecuarias, avícolas, pesqueras, acuícolas y piscícolas), a cumplir con las obligaciones tributarias formales derivadas del Decreto N° 285 que los exonera del pago del Impuesto Sobre la Renta (ISLR), a través del portal electrónico del organismo www.seniat.gob.ve.






El Superintendente Nacional Aduanero y Tributario, José David Cabello Rondón, alerta que a los fines del disfrute de este beneficio establecido en el artículo 4 de este decreto, los contribuyentes deben cumplir con carácter obligatorio algunos pasos formales tributarios, entre ellos la presentación en línea de “la declaración jurada anual de las inversiones efectuadas y el monto del impuesto exonerado invertido en cada ejercicio fiscal finalizado, así como de las inversiones a efectuar y el monto del impuesto a invertir en el ejercicio fiscal siguiente”.
La máxima autoridad aduanera y tributaria venezolana explicó que el procedimiento resulta cómodo y fácil cumplirlo, al ingresar al Portal Fiscal del SENIAT, y seguir con un click los enlaces asistencia al contribuyente y seguidamente información de interés-Declaración Jurada- Decreto 285.
Recordó Cabello Rondón que de acuerdo con la Providencia Administrativa N° 042 publicada en Gaceta Oficial N° 39.707 del 6 de julio de 2011, se estableció la obligatoriedad para este sector de presentar dichas declaraciones sólo a través del Portal Fiscal, información que debe ser enviada a la Oficina de Estadísticas y Estudios Económicos Aduaneros y Tributarios del SENIAT, mediante el correo electrónico agrícola@seniat.gob.ve. Por lo cual en ningún caso, deben trasladarse desde las zonas productivas del país, hasta la sede de esta oficina en Caracas para cumplirlo.
“El llamado es a nuestros sectores productivos que de manera responsable, cumplen con sus obligaciones tributarias, a completar este requisito en línea o ante cualquier dificultad al respecto, comunicarse con nuestra línea de atención al contribuyente, 08000 SENIAT (08000-736428), donde será respondida cualquier duda”, señaló.
El SENIAT recuerda que en atención a los principios del Plan de la Patria 2013-2019 y centrados en los objetivos de soberanía alimentaria que garantizan el derecho a la alimentación del pueblo, el Ejecutivo Nacional, encabezado por el presidente Nicolás Maduro, publicó el Decreto N° 285 en la Gaceta Oficial N° 40.223 del 7 de agosto de 2013, que otorga el beneficio de exoneración del pago del ISLR, a “los enriquecimientos netos de fuente venezolana provenientes de explotación primaria de actividades agrícolas forestales, pecuarias, avícolas, pesqueras, acuícolas y piscícolas, de aquellas personas que se registren como beneficiarios”


La información contenida en el BLOG es de naturaleza general y no tiene el propósito de abordar las circunstancias de ningún individuo o entidad en particular. No hay garantía de que dicha información sea correcta en la fecha que se reciba o que continuará siendo correcta en el futuro. Nadie debe tomar medidas basado en dicha información sin la debida asesoría profesional después de un estudio detallado de la situación en particular. 

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Gracias por su comentario

Seguidores